Pero primero una aclaración sobre el cambio de texto desde Julio 2018 (Flag: Not Applicable):
Al comienzo del verano y a causa del mal uso del certificado ICP por partes de diferentes individuos y ONGs el gobierno Holandés se ha visto obligado a dejar muy claro que el ICP no da la nacionalidad Holandesa a la embarcación. Es un cambio de texto no solo para propietarios Españoles sino por todos los que tienen derecho a su uso, incluido Holandeses que viven en Holanda y tienen su embarcación amarrado en el País.
Es verdad que el nuevo texto invita a la confusión y que seguramente por esto se ha escrito por parte de algún gestor Náutico Español sin conocimiento sobre las bases legales del ICP barbaridades que han puesto en pánico a muchos armadores.
Lo más importante:
El registro Holandés / ICP es:
El registro Holandés / ICP ...
Ejemplo real: Si vas a rescatar a refugiados en el Mediterráneo (todo mi respeto) no intentas de involucrar al reino de Holanda...
En resumen / versión entendible para los no abogados:
*Una forma fácil de explicarlo es compararlo con tu coche Español:
Zonas de navegación con el ICP Holandés:
Desde el cambio de texto de Julio 2018 ( Flag: not applicable) varios abogados y gestores nautícos Espanoles se han puesto en contacto conmigo y yo por mi parte tambien he hablado con profesionales de la Marina Mercante para conocer su opinión:
Primero hay unos hechos donde no hay debate y todos estamos deacuerdo:
Este seguridad lo basamos todos en el epigrafo 2.a, pagina 17 de la resolución 13:
"to recognize in their territory the documents issued by Governments which have accepted this resolution, by bodies approved by them or by qualified bodies"
Y el articulo 10 . 2 del Código Civil Español , que dice textualmente :
" Los buques , las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril . así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos , quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento , matricula o REGISTRO . Los automóviles y otros medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen .
Donde si hay un cierto debate es que pasa fuera de aguas terriotoriales:
Aquí la mayoría de la gente con quien he discutido es de la siguiente opiníon (incluido yo mismo):
Teniendo en cuenta que:
se concluye que en la practíca la zona de navegación esta limitado por lo que estipula las condiciónes de tu seguro.
Dicho esto tambien hay alguna opinión que dice que fuera de aguas territoriales no se puede navegar con el ICP....